Ley de Sociedades de Capital Artículo 378 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 378. Duración del cargo. Salvo disposición contraria de los estatutos, los liquidadores ejercerán su cargo por tiempo indefinido. art 378 lsc Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 379 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 379. Poder de representación. 1. Salvo disposición contraria de los estatutos, el poder de representación corresponderá a cada liquidador individualmente. 2. La representación… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 380 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 380. Separación de los liquidadores. 1. La separación de los liquidadores designados por la junta general, podrá ser acordada por la misma aun… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 381 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 381. Interventores. 1. En caso de liquidación de sociedades anónimas, los accionistas que representen la vigésima parte del capital social podrán solicitar del… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 382 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 382. Intervención pública en la liquidación de la sociedad anónima. En las sociedades anónimas, cuando el patrimonio que haya de ser objeto de… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 383 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 383. Deber inicial de los liquidadores. En el plazo de tres meses a contar desde la apertura de la liquidación, los liquidadores formularán… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 384 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 384. Operaciones sociales. A los liquidadores corresponde concluir las operaciones pendientes y realizar las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 385 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 385. Cobro de los créditos y pago de las deudas sociales. 1. A los liquidadores corresponde percibir los créditos sociales y pagar las… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 386 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 386. Deberes de llevanza de la contabilidad y de conservación. Los liquidadores deberán llevar la contabilidad de la sociedad, así como llevar y… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 387 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 387. Deber de enajenación de bienes sociales. Los liquidadores deberán enajenar los bienes sociales. art 387 lsc Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 388 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 388. Deber de información a los socios. 1. Los liquidadores harán llegar periódicamente a conocimiento de los socios y de los acreedores el… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 389 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 389. Sustitución de los liquidadores por duración excesiva de la liquidación. 1. Transcurridos tres años desde la apertura de la liquidación sin que… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 390 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 390. Balance final de liquidación. 1. Concluidas las operaciones de liquidación, los liquidadores someterán a la aprobación de la junta general un balance… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 391 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 391. División del patrimonio social. 1. La división del patrimonio resultante de la liquidación se practicará con arreglo a las normas que se… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 392 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 392. El derecho a la cuota de liquidación. 1. Salvo disposición contraria de los estatutos sociales, la cuota de liquidación correspondiente a cada… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 393 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 393. Contenido del derecho a la cuota de liquidación. 1. Salvo acuerdo unánime de los socios, éstos tendrán derecho a percibir en dinero… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 394 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 394. El pago de la cuota de liquidación. 1. Transcurrido el término para impugnar el balance final de liquidación sin que contra él… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 395 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 395. Escritura pública de extinción de la sociedad. 1. Los liquidadores otorgarán escritura pública de extinción de la sociedad que contendrá las siguientes… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 396 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 396. Cancelación de los asientos registrales. 1. La escritura pública de extinción se inscribirá en el Registro Mercantil. 2. En la inscripción se… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 397 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 397. Exigencia de responsabilidad a los liquidadores tras la cancelación de la sociedad. Los liquidadores serán responsables ante los socios y los acreedores… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 399 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 399. Pasivo sobrevenido. 1. Los antiguos socios responderán solidariamente de las deudas sociales no satisfechas hasta el límite de lo que hubieran recibido… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 400 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 400. Formalización de actos jurídicos tras la cancelación de la sociedad. 1. Para el cumplimiento de requisitos de forma relativos a actos jurídicos… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 401 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 401. Sociedad emisora. 1. Las sociedades de capital podrán emitir y garantizar series numeradas de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 403 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 403. Condiciones de la emisión. En los supuestos que prevea la legislación especial aplicable a las emisiones de obligaciones u otros valores que… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 404 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 404. Garantías de la emisión. 1. La total emisión podrá garantizarse a favor de los titulares presentes y futuros de los valores, especialmente:… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 405. De la emisión de obligaciones en el extranjero por sociedad española. 1. Las sociedades españolas podrán emitir en el extranjero obligaciones u… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 406 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 406. Competencia del órgano de administración. 1. Salvo disposición contraria de los Estatutos y sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente,… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 407 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 407. Escritura pública. 1. La emisión de obligaciones se hará constar en escritura pública que será otorgada por representante de la sociedad y… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 409 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 409. Suscripción. La suscripción de las obligaciones implica para cada obligacionista la ratificación plena del contrato de emisión y, en su caso, su… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 412 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 412. Representación de las obligaciones. 1. Las obligaciones podrán representarse por medio de títulos o por medio de anotaciones en cuenta. 2. Las… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 413 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 413. Título de la obligación. Los títulos de una emisión deberán ser iguales y contener: a) Su designación específica. b) Las características de… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 414 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 414. Requisitos de la emisión. 1. La sociedad podrá emitir obligaciones convertibles en acciones, siempre que la junta general determine las bases y… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 416 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 416. Derecho de suscripción preferente. 1. Los accionistas de la sociedad tendrán derecho de suscripción preferente de las obligaciones convertibles. 2. El derecho… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 417 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 417. Supresión del derecho de suscripción preferente. 1. Con los requisitos establecidos para la modificación de los estatutos sociales, la junta general, al… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 418 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 418. Conversión. 1. Salvo que la junta general hubiere establecido otro procedimiento al acordar la emisión, los obligacionistas podrán solicitar en cualquier momento… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 419 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 419. Constitución del sindicato. El sindicato de obligacionistas quedará constituido, una vez que se inscriba la escritura de emisión, entre los adquirentes de… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 420 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 420. Gastos del sindicato. Los gastos normales que ocasione el sostenimiento del sindicato correrán a cargo de la sociedad emisora, sin que en… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 421 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 421. Comisario. 1. Acordada la emisión de las obligaciones, la sociedad emisora procederá al nombramiento de comisario, que deberá ser persona física o… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 422 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 422. Facultad y obligación de convocar la asamblea. 1. La asamblea general de obligacionistas podrá ser convocada por los administradores de la sociedad… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 423 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 423. Forma de convocatoria. La convocatoria de la asamblea general de obligacionistas se hará en la forma prevista en el reglamento del sindicato,… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 424 bis de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 424 bis. Asistencia. 1. Los obligacionistas podrán asistir personalmente o hacerse representar por medio de otro obligacionista. En ningún caso podrán hacerse representar… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 424 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 424. Competencia de la asamblea. La asamblea de obligacionistas, debidamente convocada, se presume facultada para acordar lo necesario a la mejor defensa de… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 424 ter de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 424 ter. Derecho de voto. Cada obligación conferirá al obligacionista un derecho de voto proporcional al valor nominal no amortizado de las obligaciones… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 425 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 425. Adopción de acuerdos. 1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los votos emitidos. Por excepción, las modificaciones del plazo o… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 426 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 426. Acciones individuales. Las acciones judiciales o extrajudiciales que correspondan a los obligacionistas podrán ser ejercitadas individual o separadamente cuando no contradigan los… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 427 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 427. Impugnación de los acuerdos de la asamblea general de obligacionistas. Los acuerdos de la asamblea general de obligacionistas podrán ser impugnados por… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 428 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 428. Intervención. Cuando la sociedad haya retrasado en más de seis meses el pago de los intereses vencidos o la amortización del principal,… Leer más →
Ley de Sociedades de Capital Artículo 429 de la Ley de Sociedades de Capital Artículo 429. Ejecución de garantías. Si la emisión se hubiera garantizado con hipoteca o con prenda y la sociedad hubiera demorado el pago de… Leer más →