Concepto de Artículo 556 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 556 del Código Civil es: Las servidumbres de saca de agua y de abrevadero llevan consigo la obligación en los predios sirvientes de dar paso a personas y ganados hasta el punto donde hayan de utilizarse aquéllas, debiendo ser extensiva a este servicio la indemnización.
art 556 cc

