Concepto de Artículo 593 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 593 del Código Civil es: Los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo.
Exceptúanse los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes.
art 593 cc

