Código Civil Artículo 49 del Código Civil Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España: 1.º En la forma regulada en este Código. 2.º En la forma religiosa legalmente… Leer más →
Código Civil Artículo 50 del Código Civil Si ambos contrayentes son extranjeros, podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida… Leer más →
Código Civil Artículo 51 del Código Civil 1. La competencia para constatar mediante acta o expediente el cumplimiento de los requisitos de capacidad de ambos contrayentes y la inexistencia de impedimentos… Leer más →
Código Civil Artículo 52 del Código Civil Podrán celebrar el matrimonio del que se halle en peligro de muerte: 1.º El Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien delegue, Secretario… Leer más →
Código Civil Artículo 53 del Código Civil La validez del matrimonio no quedará afectada por la incompetencia o falta de nombramiento del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario judicial, Notario o… Leer más →
Código Civil Artículo 54 del Código Civil Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto. En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin… Leer más →
Código Civil Artículo 55 del Código Civil Uno de los contrayentes podrá contraer matrimonio por apoderado, a quien tendrá que haber concedido poder especial en forma auténtica, siendo siempre necesaria la… Leer más →
Código Civil Artículo 56 del Código Civil Quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente en acta o expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad… Leer más →
Código Civil Artículo 57 del Código Civil El matrimonio tramitado por el Secretario judicial o por funcionario consular o diplomático podrá celebrarse ante el mismo u otro distinto, o ante el… Leer más →
Código Civil Artículo 58 del Código Civil El Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario, después de leídos los artículos 66, 67 y 68, preguntará a cada uno… Leer más →
Código Civil Artículo 59 del Código Civil El consentimiento matrimonial podrá prestarse en la forma prevista por una confesión religiosa inscrita, en los términos acordados con el Estado o, en su… Leer más →
Código Civil Artículo 60 del Código Civil 1. El matrimonio celebrado según las normas del Derecho canónico o en cualquiera de otras formas religiosas previstas en los acuerdos de cooperación entre… Leer más →
Código Civil Artículo 61 del Código Civil El matrimonio produce efectos civiles desde su celebración. Para el pleno reconocimiento de los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil. El… Leer más →
Código Civil Artículo 62 del Código Civil Código Civil Resumen: El Artículo 62 del Código Civil establece la forma en que se documenta la celebración del matrimonio y su posterior inscripción… Leer más →
Código Civil Artículo 63 del Código Civil La inscripción del matrimonio celebrado en España en forma religiosa se practicará con la simple presentación de la certificación de la iglesia, o confesión,… Leer más →
Código Civil Artículo 64 del Código Civil Para el reconocimiento del matrimonio secreto basta su inscripción en el libro especial del Registro Civil Central, pero no perjudicará los derechos adquiridos de… Leer más →
Código Civil Artículo 65 del Código Civil En los casos en que el matrimonio se hubiere celebrado sin haberse tramitado el correspondiente expediente o acta previa, si éste fuera necesario, el… Leer más →
Código Civil Artículo 66 del Código Civil Los cónyuges son iguales en derechos y deberes. art 66 cc Leer más →
Código Civil Artículo 67 del Código Civil Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. art 67 cc Leer más →
Código Civil Artículo 68 del Código Civil Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de… Leer más →
Código Civil Artículo 69 del Código Civil Se presume, salvo prueba en contrario, que los cónyuges viven juntos. art 69 cc Leer más →
Código Civil Artículo 70 del Código Civil Los cónyuges fijarán de común acuerdo el domicilio conyugal y, en caso de discrepancia, resolverá el Juez, teniendo en cuenta el interés de la… Leer más →
Código Civil Artículo 71 del Código Civil Ninguno de los cónyuges puede atribuirse la representación del otro sin que le hubiere sido conferida. art 71 cc Leer más →
Código Civil Artículo 73 del Código Civil Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración: 1.º El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial. 2.º El matrimonio celebrado entre las personas… Leer más →
Código Civil Artículo 74 del Código Civil La acción para pedir la nulidad del matrimonio corresponde a los cónyuges, al Ministerio Fiscal y a cualquier persona que tenga interés directo y… Leer más →
Código Civil Artículo 75 del Código Civil Si la causa de nulidad fuere la falta de edad, mientras el contrayente sea menor sólo podrá ejercitar la acción cualquiera de sus padres,… Leer más →
Código Civil Artículo 76 del Código Civil En los casos de error, coacción o miedo grave solamente podrá ejercitar la acción de nulidad el cónyuge que hubiera sufrido el vicio. Caduca… Leer más →
Código Civil Artículo 78 del Código Civil El Juez no acordará la nulidad de un matrimonio por defecto de forma, si al menos uno de los cónyuges lo contrajo de buena… Leer más →
Código Civil Artículo 79 del Código Civil La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos y del contrayente o contrayentes de buena fe.… Leer más →
Código Civil Artículo 80 del Código Civil Las resoluciones dictadas por los Tribunales eclesiásticos sobre nulidad de matrimonio canónico o las decisiones pontificias sobre matrimonio rato y no consumado tendrán eficacia… Leer más →
Código Civil Artículo 81 del Código Civil Se decretará judicialmente la separación cuando existan hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de… Leer más →
Código Civil Artículo 82 del Código Civil 1. Los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio mediante la formulación de un convenio… Leer más →
Código Civil Artículo 83 del Código Civil La sentencia o decreto de separación o el otorgamiento de la escritura pública del convenio regulador que la determine producen la suspensión de la… Leer más →
Código Civil Artículo 84 del Código Civil La reconciliación pone término al procedimiento de separación y deja sin efecto ulterior lo resuelto en él, pero ambos cónyuges separadamente deberán ponerlo en… Leer más →
Código Civil Artículo 85 del Código Civil Código Civil Resumen: El Artículo 85 del Código Civil establece las causas por las cuales se disuelve un matrimonio, independientemente de su forma y… Leer más →
Código Civil Artículo 86 del Código Civil Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos… Leer más →
Código Civil Artículo 87 del Código Civil Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura… Leer más →
Código Civil Artículo 88 del Código Civil La acción de divorcio se extingue por la muerte de cualquiera de los cónyuges y por su reconciliación, que deberá ser expresa cuando se… Leer más →
Código Civil Artículo 89 del Código Civil Los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que así lo declare o… Leer más →
Código Civil Artículo 90 del Código Civil 1. El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran… Leer más →
Código Civil Artículo 91 del Código Civil En las sentencias de nulidad, separación o divorcio, o en ejecución de las mismas, la autoridad judicial, en defecto de acuerdo de los cónyuges… Leer más →
Código Civil Artículo 92 del Código Civil 1. La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos. 2. El Juez, cuando… Leer más →
Código Civil Artículo 93 del Código Civil El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad… Leer más →
Código Civil Artículo 94 bis del Código Civil La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma… Leer más →
Código Civil Artículo 94 del Código Civil La autoridad judicial determinará el tiempo, modo y lugar en que el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores podrá ejercitar el… Leer más →
Código Civil Artículo 95 del Código Civil La sentencia firme, el decreto firme o la escritura pública que formalicen el convenio regulador, en su caso, producirán, respecto de los bienes del… Leer más →
Código Civil Artículo 96 del Código Civil 1. En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por la autoridad judicial, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de… Leer más →
Código Civil Artículo 97 del Código Civil El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento… Leer más →