Concepto de Artículo 82 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 82 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 82. Mora del accionista.
Se encuentra en mora el accionista una vez vencido el plazo fijado por los estatutos sociales para el pago de la porción de capital no desembolsada o el acordado o decidido por los administradores de la sociedad, conforme a lo establecido en el artículo anterior.
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