Concepto de Artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 336. Ejercicio del derecho de oposición.
El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.
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