Concepto de Heredero
Derecho Civil Herencias
El Heredero es: El que no tuviere herederos forzosos puede disponer por testamento de todos sus bienes o de parte de ellos en favor de cualquiera persona que tenga capacidad para adquirirlos.
El que tuviere herederos forzosos sólo podrá disponer de sus bienes en la forma y con las limitaciones que se establecen en la sección quinta de este capítulo.
Artículo 763 del Código Civil
A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.
Artículo 913 del Código Civil
La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.
Artículo 849 del Código Civil
Llámase heredero al que sucede a título universal, y legatario al que sucede a título particular.
Artículo 660 del Código Civil

