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Constitución Española

Artículo 101 de la Constitución Española

Concepto de Artículo 101 de la Constitución Española

Constitución Española

El Artículo 101 de la Constitución Española es: 1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.

2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.

art 101 ce

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