Concepto de Artículo 1628 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1628 del Código Civil es: El censo enfitéutico sólo puede establecerse sobre bienes inmuebles y en escritura pública.
art 1628 cc
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El Artículo 1628 del Código Civil es: El censo enfitéutico sólo puede establecerse sobre bienes inmuebles y en escritura pública.
art 1628 cc