Concepto de Artículo 1281 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1281 del Código Civil es: Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.
Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.
art 1281 cc

