Concepto de Artículo 50 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Te puede interesar también:El Artículo 50 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor es: Artículo 50. Pérdida de autonomía personal.
A efectos de esta Ley la pérdida de autonomía personal consiste en el menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que impide o limita la realización de las actividades esenciales de la vida ordinaria.
Te puede interesar también:Artículo 92 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
art 50 lrcscvm
