Concepto de Artículo 107 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Te puede interesar también:El Artículo 107 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor es: Artículo 107. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas.
La indemnización por pérdida de calidad de vida tiene por objeto compensar el perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
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