Concepto de Artículo 461 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 461 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 461. Derecho de separación.
En el caso de que una sociedad anónima europea con domicilio en España acuerde su traslado a otro Estado miembro de la Unión Europea, los accionistas que voten en contra del acuerdo de cambio de domicilio podrán separarse de la sociedad conforme a lo dispuesto en esta ley para los casos de separación del socio.
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