Concepto de Artículo 245 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 245 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 245. Organización y funcionamiento del consejo de administración.
1. En la sociedad de responsabilidad limitada los estatutos establecerán el régimen de organización y funcionamiento del consejo de administración, que deberá comprender, en todo caso, las reglas de convocatoria y constitución del órgano, así como el modo de deliberar y adoptar acuerdos por mayoría.
Te puede interesar también:Artículo 200 de la Ley de Sociedades de Capital
2. En la sociedad anónima cuando los estatutos no dispusieran otra cosa, el consejo de administración podrá designar a su presidente, regular su propio funcionamiento y aceptar la dimisión de los consejeros.
3. El consejo de administración deberá reunirse, al menos, una vez al trimestre.
art 245 lsc
Te puede interesar también:Artículo 290 de la Ley de Sociedades de Capital
Abogados especialistas en Artículo 245 de la Ley de Sociedades de Capital
Te puede interesar también: