Concepto de Desahucio express
Derecho Inmobiliario Desahucios
El Desahucio express es: Hoy por hoy el proceso de desahucio por impago de alquiler tarda unos seis meses, pero existen pequeños trucos que ayudan a reducir un mes y medio o dos la duración, tales como apoderar al procurador al momento de presentar la demanda (y no después), o que sea el procurador quien notifique la demanda al inquilino (y no el propio juzgado, ya que los servicios de correos del juzgado suelen estar colapsados).
Eduardo Fernández-Fígares, abogado especialista en desahucios de inquilinos
El procedimiento de desahucio express para okupas consiste, en resumidas cuentas, en que una vez interpuesta la demanda e incoada la misma, el juzgado debe señalar fecha de lanzamiento contra cualquier ocupante de la vivienda y requerir para que en el plazo de 5 días aporten título por el cual ocupan o en caso contrario la desalojen de inmediato, con el tope de tiempo que fija la fecha señalada para el lanzamiento.
Por tanto, nos encontramos con un procedimiento que por fin le dice al okupa “dime quién eres y por qué estás aquí o fuera inmediatamente de mi casa”. Es más, no solo eso, sino que en caso de discutir, o de que sea el okupa capaz de presentar dicha justificación, la batalla judicial no se llevará a fin con el ocupante dentro del inmueble, como ha sido siempre, sino que la vivienda se entregará al propietario y luego ya veremos.
Santiago Escalas, socio en Sierra Abogados & Inversiones
La enervación del desahucio concede al inquilino la posibilidad de consignar las cantidades que adeuda y de ese modo poner fin al juicio de desahucio, rehabilitando la continuidad del contrato de arrendamiento. Se trata de un derecho excepcional para el arrendatario, y por lo tanto únicamente podrá usar el mismo una sola vez a lo largo de la duración del arrendamiento.
Sin embargo, se debe destacar que no habrá enervación si el arrendador antes de interponer la demanda de desahucio hubiese requerido la deuda pendiente al arrendatario por cualquier medio fehaciente (por ejemplo un Burofax,…) con por lo menos treinta días de antelación a la presentación de la demanda y el pago de las cantidades pendientes no se hubiese efectuado cuando se realiza la presentación de la demanda
Kenari Orbe, abogado especialista en arrendamientos en Kenari Orbe Abogados

