Concepto de Orden de alejamiento
Derecho Penal
El Orden de alejamiento es: 1. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida.
2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.
Te puede interesar también:Reo3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.
4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.
Artículo 48 del Código Penal
Te puede interesar también:Responsabilidad penal del menorLa orden de alejamiento se configura como un instrumento jurídico propio del ordenamiento penal pudiendo revestir la forma de medida cautelar o la forma de pena accesoria. Dicha concreta forma dependerá del momento procesal en que se acuerde: si lo es durante la fase de instrucción la orden de alejamiento se configurará como medida cautelar, mientras que si es impuesta a la hora de dictar sentencia se configurará como pena accesoria.
Con la adopción de la orden de alejamiento se pretende proteger la vida, integridad física, libertad y bienes de la víctima así como evitar nuevas agresiones. Para conseguir dichos fines la orden de alejamiento restringirá la libertad ambulatoria del investigado, de forma que éste no podrá aproximarse a la víctima ni encontrarse en el mismo lugar que ésta.
Destacar también que en determinados delitos la imposición de una orden de alejamiento o su no imposición como pena accesoria, resultará una decisión potestativa del tribunal sentenciador. Por contra, cuando la sentencia condenatoria lo sea por un delito relativo a la violencia de género, el juez deberá imponer obligatoriamente la pena de alejamiento.
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El incumplimiento consciente y voluntario de una orden de alejamiento puede conllevar la comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar o de quebrantamiento de condena, según se trate. Dicha orden de alejamiento suele adoptarse en la práctica junto a la de prohibición de comunicación, si bien ambas figuras son independientes y pueden adoptarse por separado.
Gerson Vidal, abogado especialista en Derecho Penal en Valencia
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