Concepto de Alzamiento de bienes
Delitos Derecho Penal
El Alzamiento de bienes es: Encuadrado dentro de los delitos económicos, este tipo del artículo 257 del Código Penal viene a referirse a los casos en los que, en conocimiento de una situación de endeudamiento con uno o varios acreedores, el deudor en cuestión haga desaparecer sus bienes para que estos no puedan ser ejecutados (el artículo en sí está dentro de la “frustración de la ejecución” como tal), impidiendo así que su patrimonio sufra perjuicio alguno.
Arturo González, abogado especialista en derecho penal en Dexia Abogados
Cuando una persona se alce con sus bienes en perjuicio de acreedores.
Artículo 257.1.1º del Código Penal
Quien con el mismo fin realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación.
Artículo 257.1.2º del Código Penal
Con la misma pena será castigado quien realizare actos de disposición, contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio u oculte por cualquier medio elementos de su patrimonio sobre los que la ejecución podría hacerse efectiva, con la finalidad de eludir el pago de responsabilidades civiles derivadas de un delito que hubiere cometido o del que debiera responder.
Artículo 257.2 del Código Penal

