Concepto de Jurisprudencia
Derecho Administrativo
El Jurisprudencia es: 1. Las tasaciones se efectuarán con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio, sin tenerse en cuenta las plusvalías que sean consecuencia directa del plano o proyecto de obras que dan lugar a la expropiación y las previsibles para el futuro.
2. Las mejoras realizadas con posterioridad a la incoación del expediente de expropiación no serán objeto de indemnización, a no ser que se demuestre que eran indispensables para la conservación de los bienes. Las anteriores son indemnizables, salvo cuando se hubieran realizado de mala fe.
Te puede interesar también:Licencia urbanística
Artículo 36 de la Ley de Expropiación Forzosa
El pago del precio estará exento de toda clase de gastos, de impuestos y gravámenes o arbitrios del Estado, Provincia o Municipio, incluso el de pagos del Estado.
Artículo 49 de la Ley de Expropiación Forzosa
Te puede interesar también:Principio de legalidad
Abogados especialistas en Jurisprudencia
Te puede interesar también: