Concepto de Artículo 126 de la Constitución Española
Constitución Española
El Artículo 126 de la Constitución Española es: La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.
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