Concepto de Artículo 220 del Código Penal español: Protegiendo la filiación y la identidad de los menores
El Artículo 220 del Código Penal español aborda delitos relacionados con la suposición de parto, la ocultación o entrega de menores para alterar su filiación y la sustitución de un niño por otro. Este artículo analiza las implicaciones de estos delitos y las penas establecidas en la legislación española para proteger la filiación y la identidad de los menores.
Código Penal
El Artículo 220 del Código Penal es: 1. La suposición de un parto será castigada con las penas de prisión de seis meses a dos años.
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2. La misma pena se impondrá a quien ocultare o entregare a terceros una persona menor de dieciocho años para alterar o modificar su filiación.
3. La sustitución de un niño por otro será castigada con las penas de prisión de uno a cinco años.
4. Los ascendientes, por naturaleza o por adopción, que cometieran los hechos descritos en los tres apartados anteriores podrán ser castigados además con la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad que tuvieren sobre el hijo o descendiente supuesto, ocultado, entregado o sustituido, y, en su caso, sobre el resto de hijos o descendientes por tiempo de cuatro a diez años.
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5. Las sustituciones de un niño por otro que se produjeren en centros sanitarios o socio-sanitarios por imprudencia grave de los responsables de su identificación y custodia, serán castigadas con la pena de prisión de seis meses a un año.
2. La misma pena se impondrá al que ocultare o entregare a terceros un hijo para alterar o modificar su filiación. (modificado)
art 220 cp
El Artículo 220 contempla las siguientes situaciones y sus respectivas penas:
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- Suposición de parto: castigada con prisión de seis meses a dos años.
- Ocultación o entrega de menores para alterar su filiación: castigada con prisión de seis meses a dos años.
- Sustitución de un niño por otro: castigada con prisión de uno a cinco años.
- Inhabilitación especial para ejercer la patria potestad: para ascendientes que cometan los delitos descritos en los apartados anteriores, se les puede imponer además la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
- Imprudencia grave en centros sanitarios o socio-sanitarios: la sustitución de un niño por otro en estos centros debido a la imprudencia grave de los responsables de su identificación y custodia será castigada con prisión de seis meses a un año.
El Artículo 220 del Código Penal español busca proteger la filiación y la identidad de los menores al establecer penas para aquellos que cometan delitos relacionados con la suposición de parto, la ocultación o entrega de menores para alterar su filiación y la sustitución de un niño por otro. Además, este artículo también contempla la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad en ciertos casos. La legislación española se esfuerza por garantizar la protección de los menores y la integridad de su identidad y filiación.
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