Concepto de Artículo 190 del Código Penal
Código Penal
El Artículo 190 del Código Penal es: La condena de un Juez o Tribunal extranjero, impuesta por delitos comprendidos en este capítulo, será equiparada a las sentencias de los Jueces o Tribunales españoles a los efectos de la aplicación de la circunstancia agravante de reincidencia.
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