Concepto de Artículo 824 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 824 del Código Civil es: No podrán imponerse sobre la mejora otros gravámenes que los que se establezcan en favor de los legitimarios o sus descendientes.
art 824 cc
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El Artículo 824 del Código Civil es: No podrán imponerse sobre la mejora otros gravámenes que los que se establezcan en favor de los legitimarios o sus descendientes.
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