Concepto de Artículo 434 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 434 del Código Civil es: La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.
art 434 cc
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El Artículo 434 del Código Civil es: La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.
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