Concepto de Artículo 434 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 434 del Código Civil es: La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.
art 434 cc
Te puede interesar también:Artículo 484 del Código Civil
Abogados especialistas en Artículo 434 del Código Civil
Te puede interesar también:Artículo 386 del Código Civil