Concepto de Artículo 31 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 31 del Código Civil es: La prioridad del nacimiento, en el caso de partos dobles, da al primer nacido los derechos que la ley reconozca al primogénito.
art 31 cc
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El Artículo 31 del Código Civil es: La prioridad del nacimiento, en el caso de partos dobles, da al primer nacido los derechos que la ley reconozca al primogénito.
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