Concepto de Artículo 1975 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1975 del Código Civil es: La interrupción de la prescripción contra el deudor principal por reclamación judicial de la deuda, surte efecto también contra su fiador; pero no perjudicará a éste la que se produzca por reclamaciones extrajudiciales del acreedor o reconocimientos privados del deudor.
art 1975 cc

