Concepto de Artículo 1944 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1944 del Código Civil es: Se interrumpe naturalmente la posesión cuando por cualquier causa se cesa en ella por más de un año.
art 1944 cc
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El Artículo 1944 del Código Civil es: Se interrumpe naturalmente la posesión cuando por cualquier causa se cesa en ella por más de un año.
art 1944 cc