Concepto de Artículo 1634 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1634 del Código Civil es: Cuando la pensión consista en una parte alícuota de los frutos de la finca enfitéutica, no podrá imponerse servidumbre ni otra carga que disminuya los productos sin consentimiento expreso del dueño directo.
art 1634 cc

