Concepto de Artículo 1623 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1623 del Código Civil es: Los censos producen acción real sobre la finca gravada. Además de la acción real podrá el censualista ejercitar la personal para el pago de las pensiones atrasadas, y de los daños e intereses cuando hubiere lugar a ello.
art 1623 cc

