Concepto de Artículo 1524 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1524 del Código Civil es: No podrá ejercitarse el derecho de retracto legal sino dentro de nueve días, contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta.
El retracto de comuneros excluye el de colindantes.
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