Concepto de Artículo 1337 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1337 del Código Civil es: Estas donaciones se rigen por las reglas ordinarias en cuanto no se modifiquen por los artículos siguientes.
art 1337 cc
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El Artículo 1337 del Código Civil es: Estas donaciones se rigen por las reglas ordinarias en cuanto no se modifiquen por los artículos siguientes.
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