Concepto de Artículo 1276 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1276 del Código Civil es: La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
art 1276 cc
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El Artículo 1276 del Código Civil es: La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
art 1276 cc