Concepto de Artículo 1002 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1002 del Código Civil es: Los herederos que hayan sustraído u ocultado algunos efectos de la herencia pierden la facultad de renunciarla y quedan con el carácter de herederos puros y simples, sin perjuicio de las penas en que hayan podido incurrir.
art 1002 cc

