Concepto de Artículo 463 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 463 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 463. Certificación previa al traslado.
El registrador mercantil del domicilio social, a la vista de los datos obrantes en el Registro y en la escritura pública de traslado presentada, certificará el cumplimiento de los actos y trámites que han de realizarse por la sociedad antes del traslado.
art 463 lsc
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