Concepto de Expediente de Regulación de Empleo (ERE)
Derecho Laboral
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es: 7. La existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de la extinción de los contratos de trabajo, deberá ser constatada por la autoridad laboral, cualquiera que sea el número de los trabajadores afectados, previo procedimiento tramitado conforme a lo dispuesto en este apartado y en sus disposiciones de desarrollo reglamentario.
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Artículo 51.7 del Estatuto de los Trabajadores
El ERE es una medida para proteger a las empresas y que les permite un alivio económico de cara a mantener los puestos de empleo o bien a finalizar los contratos de los trabajadores por alguna de las causas tasadas indicadas anteriormente.
Asimismo, y pensando en los trabajadores de la empresa, no quedan desprotegidos porque cobrarán la indemnización correspondiente (puede ser satisfecha por el FOGASA en su totalidad o una parte de la indemnización), y el paro posteriormente.
Angel Andújar, abogado laboralista en A Coruña
2. El despido colectivo deberá ir precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a treinta días naturales, o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad. (…)
Artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores
Abogados especialistas en Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

