Concepto de Desahucio por impago de alquiler
Derecho Inmobiliario Desahucios
El Desahucio por impago de alquiler es: 2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
(…)
Artículo 27.2.a) de la Ley de Arrendamientos Urbanos
Solo hay juicio (vista) si el inquilino se opone a la demanda. Si no se opone no hay juicio y directamente dan la razón al arrendador.
El juicio suele ser muy breve (de tres a cinco minutos), pues la ley sólo permite discutir si el inquilino ha pagado o no, no pudiendo debatirse en el juicio ninguna otra cuestión de fondo.
Eduardo Fernández-Fígares – desahucioinquilinos.es

