Concepto de Artículo 1801 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1801 del Código Civil es: El que pierde en un juego o apuesta de los no prohibidos queda obligado civilmente.
La autoridad judicial puede, sin embargo, no estimar la demanda cuando la cantidad que se cruzó en el juego o en la apuesta sea excesiva, o reducir la obligación en lo que excediere de los usos de un buen padre de familia.
art 1801 cc

