Concepto de Acoso laboral
Delitos Derecho Laboral
El Acoso laboral es: 1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
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Artículo 173.1 del Código Penal
Los trabajadores que son víctimas de acoso laboral, pueden llegar a sufrir conductas vejatorias como insultos, gritos, críticas públicas y críticas personales que nada tienen que ver con el trabajo desarrollado, órdenes contradictorias o poco claras a la hora de ejecución del trabajo que confundan al trabajador, darle funciones de rango inferior, molestarle en su tiempo libre, cambios de horario continuos, sobrecarga de trabajo…entre otras.
Tanis Abogados Laboralistas, despacho de abogados laboralistas en A Coruña

