Concepto de Artículo 1743 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1743 del Código Civil es: El comodatario está obligado a satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación de la cosa prestada.
art 1743 cc
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El Artículo 1743 del Código Civil es: El comodatario está obligado a satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación de la cosa prestada.
art 1743 cc