Concepto de Artículo 153 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 153 del Código Civil es: Las disposiciones que preceden son aplicables a los demás casos en que por este Código, por testamento o por pacto se tenga derecho a alimentos, salvo lo pactado, lo ordenado por el testador o lo dispuesto por la ley para el caso especial de que se trate.
art 153 cc

