Concepto de Artículo 1396 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1396 del Código Civil es: Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad.
art 1396 cc
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El Artículo 1396 del Código Civil es: Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad.
art 1396 cc