Concepto de Artículo 112 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 112 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 112. Ineficacia de las transmisiones con infracción de ley o de los estatutos.
Las transmisiones de participaciones sociales que no se ajusten a lo previsto en la ley o, en su caso, a lo establecido en los estatutos no producirán efecto alguno frente a la sociedad.
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