Concepto de Excedencia por cuidado de hijos
Derecho Laboral Excedencias
El Excedencia por cuidado de hijos es: Los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
Artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores

