Concepto de Artículo 69 del Código Penal
Código Penal
El Artículo 69 del Código Penal es: Al mayor de dieciocho años y menor de veintiuno que cometa un hecho delictivo, podrán aplicársele las disposiciones de la ley que regule la responsabilidad penal del menor en los casos y con los requisitos que ésta disponga.
art 69 cp

