Concepto de Artículo 493 del Código Penal
Código Penal
El Artículo 493 del Código Penal es: Los que, sin alzarse públicamente, invadieren con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, si están reunidos, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años.
art 493 cp

