Concepto de Artículo 524 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 524 del Código Civil es: El uso da derecho a percibir de los frutos de la cosa ajena los que basten a las necesidades del usuario y de su familia, aunque ésta se aumente.
La habitación da a quien tiene este derecho la facultad de ocupar en una casa ajena las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia.
art 524 cc

