Concepto de Artículo 1851 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1851 del Código Civil es: La prórroga concedida al deudor por el acreedor sin el consentimiento del fiador extingue la fianza.
art 1851 cc
Expertos en Derecho
Código Civil
El Artículo 1851 del Código Civil es: La prórroga concedida al deudor por el acreedor sin el consentimiento del fiador extingue la fianza.
art 1851 cc