Concepto de Artículo 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley de Enjuiciamiento Civil
El Artículo 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es: Con las solas excepciones que puedan prever los Tratados y Convenios internacionales, los procesos civiles que se sigan en el territorio nacional se regirán únicamente por las normas procesales españolas.
art 3 lec
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