Concepto de Artículo 76 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 76 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 76. Exclusión del régimen legal de responsabilidad.
Los socios cuyas aportaciones no dinerarias sean sometidas a valoración pericial conforme a lo previsto para las sociedades anónimas quedan excluidos de la responsabilidad solidaria a que se refieren los artículos anteriores.
art 76 lsc
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