Concepto de Artículo 106 de la Ley Hipotecaria
Ley Hipotecaria
El Artículo 106 de la Ley Hipotecaria es: Podrán ser hipotecados:
Primero. Los bienes inmuebles susceptibles de inscripción.
Segundo. Los derechos reales enajenables, con arreglo a las leyes, impuestos sobre los mismos bienes.
art 106 lh
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