Concepto de Artículo 105 de la Ley Hipotecaria
Ley Hipotecaria
El Artículo 105 de la Ley Hipotecaria es: La hipoteca podrá constituirse en garantía de toda clase de obligaciones y no alterará la responsabilidad personal ilimitada del deudor que establece el artículo mil novecientos once del Código Civil.
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